- Extradición
La extradición es un mecanismo de cooperación judicial internacional (artículo 511 del CPP), mediante el cual el Estado es requerido por otro Estado (Estado requirente) para que entregue a una persona que se encuentra en su territorio y que tiene la condición de procesada o condenada por un delito común; en virtud a un tratado o, en su defecto, por aplicación del principio de reciprocidad (inciso 1 del artículo 508 e inciso 2 del artículo 513 del CPP), sea para ser puesto a disposición de la autoridad judicial competente y se enjuicie penalmente, o para que cumpla la pena impuesta.
- Tipos de Extradición.
La extradición puede ser de dos tipos: extradición activa y extradición pasiva.
- Extradición Activa
Cuando el Estado peruano solicita a otro Estado la entrega de una persona investigada, procesada, acusada o condenada que se encuentre en dicho territorio.
- Extradición Pasiva
Cuando el Estado peruano recibe la solicitud de otro Estado, en la que requiere la entrega de una persona investigada, procesada, acusada o condenada que se encuentra en territorio nacional.
- Rol de la Comisión de Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas
La Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas es el órgano colegiado multisectorial (integrado por dos representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores) que tiene por finalidad proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o denegar las solicitudes de extradición y traslado de personas condenadas.
- Resoluciones Supremas que acceden o deniegan solicitudes de extradiciones de personas de enero a diciembre - 2019.
Tipo de solicitud | N° Resoluciones Supremas publicadas |
Extradiciones Activas | 72 |
Extradiciones Pasivas | 75 |
Total (R.S) | 147 |
- Traslado
Es un mecanismo de cooperación judicial internacional (artículo 511 del CPP), mediante el cual el Estado que impuso una sentencia condenatoria (Estado de Condena) permite que la persona condenada, previa presentación de su solicitud y cumplimiento de los requisitos debidamente normados, concluya el resto de la condena impuesta en el Estado de su nacionalidad o en el que acredite tener arraigo (Estado de Cumplimiento).
- Tipos de Traslado.
Existen dos tipos de traslados:
- Traslado Activo
Son las solicitudes presentadas por las personas de nacionalidad peruana que se encuentran cumpliendo condena en un Estado extranjero.
- Traslado Pasivo
Son las solicitudes presentadas por las personas de nacionalidad extranjera que se encuentran cumpliendo condena en el Estado peruano.
- Autoridades que intervienen en el procedimiento de los traslados.
La autoridad central (Fiscalía de la Nación) forma el cuaderno del traslado con los documentos previstos en el artículo 543 y 544 del Código Procesal Penal, para ser remitido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
El traslado de personas condenadas es concedido por el Poder Ejecutivo, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de personas condenadas.
- Resoluciones Supremas que acceden o deniegan
solicitudes de traslado de personas condenadas de enero a diciembre - 2019
Tipo de solicitud |
N° Resoluciones Supremas publicadas. |
Traslados Activos | 0 |
Traslados Pasivos | 34 |
Total (R.S) | 34 |
Para mayor información, consultar el “ABC sobre Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas”